Principios de un modelo de Salud: Definidos por Asociación Colombiana de Medicina Interna – ACMI


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PRINCIPIOS QUE ESTRUCTURAN UN MODELO DE SALUD

 

1.            La salud es un Derecho Humano Fundamental.

2.            El Estado es el responsable de garantizar, tutelar y amparar el Derecho Fundamental  a la Salud.

3.            La garantía del Derecho a la Salud es un Sistema de Seguridad Social, que mantenga de manera integral la salud y el bienestar de la población sana y atienda de manera eficiente y efectiva las necesidades de la población enferma. Los beneficios en salud para la población deben amparar de manera equilibrada, pertinente, oportuna, suficiente y con calidad estos componentes.

4.            La gestión del riesgo, al tenor de la Salud como Derecho Fundamental,  es una responsabilidad indelegable del Estado.

5.            Los recursos de la Salud son públicos. El control, manejo y regulación de los mismos, son funciones no delegables del Estado.

6.            La estrategia de Atención Primaria es la base sobre la que el Estado proyecta la garantía del Derecho Fundamental a la Salud, hacia la población.

7.            La relación del Estado y la población en materia de Salud, podrá hacerse a través de administradores regulados, en armonía con la Constitución Nacional

8.            La garantía del Derecho Fundamental a la Salud, en materia de Servíos, se hará a partir  de redes integradas de servicios, estructuradas por niveles de atención y grados de complejidad, con funciones específicas y soportadas en su sistemas definidos de referencia, contra referencia, información, comunicaciones y soporte administrativo coherentes y suficientes. La red de hospitales públicos es la base de las redes integradas de servicios.

9.            El Estado a partir de acciones transectoriales atenderá de manera integral los determinantes, sociales, culturales, educacionales y ambientales, que impactan en negativamente en el bienestar de la población.

10.          Los desenlaces en salud definidos en términos técnicos sobre bases epidemiológicas son  los únicos indicadores para la evaluación del sector sanitario en el país.

11. La Salud Pública es responsabilidad directa del Estado.

12. La autonomía profesional es inviolable y es la base de las definiciones sobre necesidades en salud de los afiliados al sistema. Las Juntas médicas son las únicas instancias para dirimir conflictos sobre prescripción.

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